¿CÓMO IMPLEMENTAR EL NUEVO REGLAMENTO DE GESTIÓN DE RIESGOS LABORALES?
El Decreto 44 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que entrará en vigencia el 1 de febrero de 2025, establece un nuevo reglamento sobre la Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales para un Entorno de Trabajo Seguro y Saludable. Este marco normativo trae cambios significativos que afectarán a todas las organizaciones en Chile, reemplazando los Decretos Supremos N°40 y N°54. A continuación, explicamos los principales ajustes, sus implicancias y cómo las empresas pueden prepararse para cumplir con esta nueva normativa.
Cambios Principales:
- Aplicación transversal y nuevas responsabilidades:
- Se exige la constitución y funcionamiento de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (CPHS) para todas las organizaciones que cumplan con los requisitos legales.
- Las empresas deben implementar programas específicos para identificar peligros y gestionar los riesgos de manera proactiva.
- Implementación de sistemas de gestión de SST:
- Se fomenta una cultura de prevención desde el diseño de procesos y puestos de trabajo, integrando la seguridad laboral en cada etapa del negocio.
- Nuevas temáticas clave:
- Enfoque de género: Evaluación diferenciada de los riesgos laborales considerando factores biológicos y sociales.
- Mejora continua: Los sistemas de prevención deben ser evaluados y ajustados periódicamente para optimizar su eficacia.
Implicancias para los Empleadores:
- Ajustes en los procesos internos: Las empresas deberán actualizar sus procedimientos y estructuras preventivas, incluyendo el diseño de matrices de riesgo y programas de trabajo preventivo.
- Capacitación del personal: Será obligatorio formar a los trabajadores en temas de seguridad y salud laboral, asegurando su participación activa en la gestión de riesgos.
- Integración de nuevos principios: Los empleadores deberán considerar aspectos como la participación de los trabajadores, la inclusión de políticas con enfoque de género y la adaptación del trabajo a las personas.
¿Cómo Prepararse?
- Actualizar reglamentos internos: Incorporar las disposiciones del nuevo reglamento, asegurando su coherencia con la normativa vigente.
- Constituir o reforzar los CPHS: Asegurar su adecuado funcionamiento según las nuevas directrices.
- Implementar un sistema de gestión de SST: Establecer políticas, procedimientos y métricas claras para medir su eficacia.
- Capacitar al equipo: Formar a los trabajadores y líderes sobre los cambios y cómo afectan sus responsabilidades.
La entrada en vigencia del Decreto 44 marca un avance en la protección de la vida y la salud de los trabajadores en Chile. Implementar sus disposiciones no sólo es un requisito legal, sino también una oportunidad para fomentar una cultura laboral más segura, saludable y que cumpla con las normativas legales. Deben recordar que, No tener el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS) actualizado conforme a la normativa vigente puede acarrear multas significativas, según el tamaño de la empresa: para aquellas con 1 a 49 trabajadores, la sanción asciende a 10 UTM; con 50 a 199 trabajadores, a 40 UTM; y con 200 o más trabajadores, a 60 UTM. Además, no remitir el RIOHS a la Dirección del Trabajo o no entregarlo a los empleados puede sumar multas de hasta 40 UTM adicionales. Estas sanciones no solo afectan económicamente, sino que también debilitan la capacidad del empleador para sancionar incumplimientos y constituyen un agravante en fiscalizaciones de la Dirección del Trabajo o la SEREMI de Salud.
En MOS Abogados, estamos listos para ayudarte a cumplir con este reglamento, desde la actualización de reglamentos internos hasta la orientación en conjunto para la implementación de sistemas de gestión de riesgos laborales. Contáctanos para más información.
Conoce más sobre servicios de
DERECHO LABORAL
Si necesitas nuestro servicios en
DERECHO LABORAL