ACCIDENTES LABORALES EN TELETRABAJO: ¿QUÉ CUBRE LA LEY N.º16.744?

Con el auge del teletrabajo y la entrada en vigencia del Decreto 44 el 1 de febrero de 2025, la gestión de riesgos laborales en todas las modalidades de trabajo toma una nueva dimensión. Según la Ley N.º 16.744, los trabajadores remotos están cubiertos ante accidentes laborales siempre que ocurran a causa o con ocasión del trabajo. Sin embargo, para garantizar la cobertura y cumplimiento normativo, es fundamental que los empleadores formalicen esta modalidad mediante un anexo de teletrabajo. Aquí te explicamos por qué este documento es crucial y cómo el Decreto 44 refuerza las obligaciones preventivas.

¿Qué cubre la Ley N.º 16.744 en el teletrabajo?

Un accidente laboral es toda lesión sufrida por un trabajador a causa o con ocasión de sus tareas laborales, incluso en modalidad remota.

Ejemplo cubierto por la Ley N.º 16.744: Un trabajador que se lesiona manipulando un equipo proporcionado por la empresa para sus labores.

Por el contrario, accidentes domésticos como cocinar, cuidar niños o realizar tareas ajenas al trabajo no están cubiertos.

La importancia del anexo de teletrabajo

Para que el teletrabajo se considere una modalidad formal, la empresa debe establecer un anexo al contrato de trabajo que especifique:

  1. La dirección desde donde se desempeñarán las funciones.
  2. El horario laboral y las pausas permitidas.
  3. Los equipos proporcionados por la empresa y su uso adecuado.
  4. Las medidas de prevención de riesgos y responsabilidades del trabajador.

Sin este documento, podría generarse confusión sobre el alcance de las responsabilidades del empleador y los derechos del trabajador, especialmente en caso de accidentes.

Relación con el Decreto 44

El Decreto 44 moderniza la gestión de riesgos laborales y establece requisitos claros para los empleadores, incluyendo:

  • Matrices de riesgo específicas para teletrabajo: Identificar peligros asociados al entorno remoto, como riesgos ergonómicos o eléctricos.
  • Capacitación en prevención: Instruir a los trabajadores sobre cómo organizar un espacio seguro en casa y evitar accidentes.
  • Sistemas de gestión integral: Adaptar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) a todas las modalidades, incluyendo el trabajo remoto.

Procedimientos en caso de accidentes laborales:

Si ocurre un accidente en teletrabajo, el empleador debe:

  1. Verificar si el accidente está relacionado con las funciones laborales del trabajador.
  2. Notificar inmediatamente a la Mutual o ACHS correspondiente.
  3. Documentar el incidente y tomar medidas para prevenir futuros riesgos.

El Decreto 44 y la Ley N.º 16.744 establecen un marco robusto para proteger a los trabajadores en teletrabajo, siempre que esta modalidad esté formalizada mediante un anexo al contrato de trabajo. Además, integrar medidas preventivas específicas en los reglamentos internos (RIOHS) y los SGSST es clave para evitar accidentes y cumplir con la normativa.

En MOS Abogados, te asesoramos en la redacción de anexos de teletrabajo, actualización de reglamentos internos y gestión preventiva adaptada al Decreto 44. Contáctanos para garantizar el cumplimiento y la seguridad de tus trabajadores.

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